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Orden TIN/2504/2010, de 20 de septiembre, por la que se desarrolla el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, en lo referido a la acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención, memoria de actividades preventivas y autorización para realizar la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas.

En vigor Ministerio de Trabajo e Inmigración · Publicada el 28 de septiembre de 2010 · Último cambio el 30 de octubre de 2015 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. Preámbulo
  3. CAPÍTULO I
  4. Artículo 1. Recursos materiales y humanos de las entidades especializadas que actúen como servicios de prevención ajenos. 2 redacciones · cambió el 30/10/2015
  5. Artículo 2. Recursos materiales y humanos de los servicios de prevención mancomunados.
  6. Artículo 3. Solicitud de acreditación de las entidades especializadas. 2 redacciones · cambió el 30/10/2015
  7. Artículo 4. Comprobación del mantenimiento de los requisitos de funcionamiento. 2 redacciones · cambió el 30/10/2015
  8. CAPÍTULO II
  9. Artículo 5. Características de la memoria de las entidades especializadas acreditadas como servicios de prevención ajenos.
  10. Artículo 6. Puesta a disposición de la memoria anual y autoridad competente.
  11. Artículo 7. Características de la memoria anual de los servicios de prevención mancomunados.
  12. CAPÍTULO III
  13. Artículo 8. Condiciones mínimas para la autorización para desarrollar actividades de auditoría del sistema de prevención de las empresas.
  14. Artículo 9. Solicitud de autorización de las personas o entidades especializadas. 2 redacciones · cambió el 30/10/2015
  15. Disposición adicional primera. Actividades de publicidad.
  16. Disposición adicional segunda. Colaboración entre el Ministerio de Empleo y Seguridad Social y las Comunidades Autónomas. 2 redacciones · cambió el 30/10/2015
  17. Disposición transitoria primera. Adaptación de las entidades especializadas.
  18. Disposición transitoria segunda. Adaptación de los servicios de prevención mancomunados.
  19. Disposición transitoria tercera. Mantenimiento de requisitos para la impartición de formación en materia preventiva.
  20. Disposición transitoria cuarta. Comunicación a las autoridades laborales.
  21. Disposición derogatoria única.
  22. Disposición final primera. Atribución constitucional de competencias.
  23. Disposición final segunda. Memoria anual.
  24. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  25. ANEXOS
  26. ANEXO I
  27. ANEXO II
  28. ANEXO III Parte A
  29. ANEXO III Parte B
  30. ANEXO IV Parte A
  31. ANEXO IV Parte B