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Legislación › Ley 8/2010, de 30 de agosto, de ordenación del sistema de salud de Castilla y León.

Artículo 62. Comités de ética de la investigación.

Artículo 62. Comités de ética de la investigación.

Como garantía de imparcialidad, independencia, capacidad técnica, competencia profesional y observancia de las normas jurídicas y de buena práctica científica y deontológica de la actividad investigadora, se promoverán la constitución y acreditación de los Comités de ética de la investigación.

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