LexTotal

Legislación › Ley 5/2010, de 24 de junio, sobre derechos y deberes en materia de salud de Castilla-La Mancha.

Artículo 39. Derecho a la libre elección del profesional sanitario, servicio y centro.

Artículo 39. Derecho a la libre elección del profesional sanitario, servicio y centro.

En el ámbito del Sistema Sanitario de Castilla-La Mancha, todas las personas tienen derecho a la libre elección de profesional sanitario, servicio y centro en los términos que reglamentariamente se establezcan.

← Artículo 38 Índice Artículo 40 →