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Legislación › Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha.

Artículo 131. Redes de colaboración entre centros docentes.

Artículo 131. Redes de colaboración entre centros docentes.

La Consejería competente en materia de educación favorecerá la creación de redes de colaboración entre los centros docentes con el objeto de compartir recursos, experiencias e iniciativas y desarrollar programas de intercambio de alumnado y profesorado.

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