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Legislación › Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha.

Artículo 165. Finalidad.

Artículo 165. Finalidad.

La evaluación del sistema educativo de Castilla-La Mancha está orientada al conocimiento del grado de consecución de los objetivos programados, con el fin de facilitar la toma de decisiones en lo referido a su mejora y a su contribución a la generalización del éxito educativo.

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