Legislación › Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha.
Artículo 47. Finalidad.
Artículo 47. Finalidad.
La finalidad de la educación primaria es proporcionar a todos los niños y niñas una formación que permita afianzar su desarrollo personal y su propio bienestar, adquirir las habilidades culturales básicas relativas a la lectura y a la expresión y comprensión oral y escrita en lengua castellana y en una lengua extranjera, al cálculo, a la potenciación de las habilidades sociales, de los hábitos de trabajo y estudio, del sentido artístico, la creatividad y la afectividad.


