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Legislación › Real Decreto 1282/2010, de 15 de octubre, por el que se regulan los mercados secundarios oficiales de futuros, opciones y otros instrumentos financieros derivados.

Artículo16. Órganos de administración y dirección.

Artículo16. Órganos de administración y dirección.

1. Las sociedades rectoras deberán contar con un consejo de administración compuesto por no menos de cinco personas y con, al menos, un director general.

2. El nombramiento de los miembros del consejo de administración y del director general deberá ser aprobado por la CNMV a los efectos de comprobar que los nombrados reúnen los requisitos de las letras f) y g) del artículo 67.2 de la Ley 24/1988, de 28 de julio.

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