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Legislación › Real Decreto 1282/2010, de 15 de octubre, por el que se regulan los mercados secundarios oficiales de futuros, opciones y otros instrumentos financieros derivados.

Artículo 22. Pérdida de la condición de miembro.

Artículo 22. Pérdida de la condición de miembro.

La condición de miembro del mercado se pierde por renuncia o por incumplimiento de los requisitos y obligaciones previstos en este real decreto y en el Reglamento del mercado.

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