Legislación › Real Decreto 1282/2010, de 15 de octubre, por el que se regulan los mercados secundarios oficiales de futuros, opciones y otros instrumentos financieros derivados.
Artículo 22. Pérdida de la condición de miembro.
Artículo 22. Pérdida de la condición de miembro.
La condición de miembro del mercado se pierde por renuncia o por incumplimiento de los requisitos y obligaciones previstos en este real decreto y en el Reglamento del mercado.


