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Legislación › Ley 6/2009, de 17 de diciembre, por la que se crea la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha.

Disposición transitoria segunda. Competencias en materia de regadíos.

Disposición transitoria segunda. Competencias en materia de regadíos.

Los procedimientos ya iniciados antes de la entrada en vigor de la presente Ley en materia de regadíos y que sean competencia de la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, serán finalizados por la Consejería competente en materia de agricultura y desarrollo rural.

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