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Legislación › Real Decreto 1286/2010, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del organismo autónomo Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa.

Artículo 53. Aportaciones a Juntas de Compensación.

Artículo 53. Aportaciones a Juntas de Compensación.

Los bienes puestos a disposición del Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa podrán aportarse a juntas de compensación de acuerdo con la legislación urbanística vigente previa adhesión expresa.

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