Legislación › Ley 32/2010, de 1 de octubre, de la Autoridad Catalana de Protección de Datos.
Artículo 14. Relaciones entre la Autoridad Catalana de Protección de Datos y el Síndic de Greuges.
Artículo 14. Relaciones entre la Autoridad Catalana de Protección de Datos y el Síndic de Greuges.
Las relaciones entre la Autoridad Catalana de Protección de Datos y el Síndic de Greuges son de colaboración en el ámbito de sus respectivas competencias.


