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Legislación › Ley 32/2010, de 1 de octubre, de la Autoridad Catalana de Protección de Datos.

Artículo 14. Relaciones entre la Autoridad Catalana de Protección de Datos y el Síndic de Greuges.

Artículo 14. Relaciones entre la Autoridad Catalana de Protección de Datos y el Síndic de Greuges.

Las relaciones entre la Autoridad Catalana de Protección de Datos y el Síndic de Greuges son de colaboración en el ámbito de sus respectivas competencias.

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