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Ley 32/2010, de 1 de octubre, de la Autoridad Catalana de Protección de Datos.
En vigor Comunidad Autónoma de Cataluña · Publicada el 23 de octubre de 2010 · Último cambio el 13 de marzo de 2015 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. La Autoridad Catalana de Protección de Datos.
- Artículo 2. Naturaleza jurídica.
- Artículo 3. Ámbito de actuación.
- Artículo 4. Competencias.
- Artículo 5. Funciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 6. Órganos de gobierno.
- Artículo 7. El director o directora.
- Artículo 8. Funciones del director o directora.
- Artículo 9. El Consejo Asesor de Protección de Datos.
- Artículo 10. Funciones del Consejo Asesor de Protección de Datos.
- Artículo 11. El Registro de Protección de Datos de Cataluña.
- CAPÍTULO III
- Artículo 12. Colaboración con otras instituciones.
- Artículo 13. Memoria anual.
- Artículo 14. Relaciones entre la Autoridad Catalana de Protección de Datos y el Síndic de Greuges.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 15. Instrucciones.
- Artículo 16. Tutela de los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación.
- Artículo 17. Publicidad de los informes y resoluciones.
- Artículo 18. Funciones de control.
- Artículo 19. Potestad de inspección.
- Artículo 20. Planes de auditoría.
- Artículo 21. Régimen sancionador.
- Artículo 22. Procedimiento sancionador.
- Artículo 23. Medidas provisionales.
- Artículo 24. Cumplimiento de la resolución del procedimiento sancionador.
- Artículo 25. Requerimientos de adecuación y potestad de inmovilización.
- CAPÍTULO V
- Artículo 26. Régimen jurídico.
- Artículo 27. Régimen de personal.
- Artículo 28. Régimen económico y de contratación. 3 redacciones · cambió el 13/03/2015
- Disposición transitoria primera. Sucesión de la Agencia Catalana de Protección de Datos.
- Disposición transitoria segunda. Procedimiento sancionador.
- Disposición transitoria tercera. Vigencia del Estatuto de la Agencia Catalana de Protección de Datos.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera. Estatutos de la Autoridad.
- Disposición final segunda. Desarrollo de los procedimientos.
- Disposición final tercera. Creación, modificación y supresión de ficheros.
- Firma


