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Legislación › Ley 33/2010, de 1 de octubre, de políticas de juventud.

Artículo 22. Estructura y contenido.

Artículo 22. Estructura y contenido.

1. El Plan nacional de juventud de Cataluña concreta los ámbitos materiales de actuación o ejes de las políticas de juventud en un marco metodológico y un marco de actuación en el que se concreta el desarrollo del Plan.

2. El Plan nacional de juventud de Cataluña se ejecuta mediante los siguientes programas de actuación:

a) El Proyecto Gobierno. Es el conjunto de actuaciones y programas que la Administración de la Generalidad define, impulsa, coordina y evalúa. El Proyecto Gobierno se materializa en el Plan de actuación de las políticas de juventud, que se aprueba por acuerdo del Gobierno.

b) El Proyecto territorio. Es el conjunto de actuaciones y programas que los gobiernos locales definen, impulsan, coordinan y evalúan y que dan lugar a los distintos planes locales de juventud.

c) El Proyecto joven. Es el conjunto de actuaciones y programas que las entidades juveniles y los grupos de jóvenes, representados por el Consejo Nacional de la Juventud de Cataluña, definen, impulsan, coordinan y evalúan y que configuran los planes de trabajo de las entidades juveniles y los grupos de jóvenes.

3. El Plan nacional de juventud de Cataluña debe contener lo siguiente:

a) Un diagnóstico que compare el análisis de los problemas y necesidades de las personas jóvenes de Cataluña con el análisis de las políticas de juventud que se desarrollan en Cataluña.

b) Los ejes de las políticas de juventud y los objetivos estratégicos que deben guiar la acción pública en materia de juventud.

c) Una metodología de trabajo transversal, los mecanismos de aplicación de dicha metodología y los agentes que implica.

d) Las fases de planificación, ejecución y evaluación, tanto en el ámbito estratégico como en el ámbito operativo y para cada uno de los agentes ejecutores.

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