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Ley 33/2010, de 1 de octubre, de políticas de juventud.

En vigor Comunidad Autónoma de Cataluña · Publicada el 23 de octubre de 2010 · Último cambio el 31 de julio de 2025 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. CAPÍTULO I
  3. Sección primera
  4. Artículo 1. Objeto y finalidad.
  5. Artículo 2. Definiciones.
  6. Artículo 3. Promoción de las políticas de juventud. 2 redacciones · cambió el 31/07/2025
  7. Artículo 4. Ámbito de aplicación.
  8. Artículo 5. Principios rectores.
  9. Artículo 6. Principios de actuación.
  10. Sección segunda
  11. Artículo 7. Régimen competencial.
  12. Artículo 8. Competencias del Gobierno.
  13. Artículo 9. Funciones del departamento competente en materia de juventud. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
  14. Artículo 10. Funciones de otros departamentos.
  15. Artículo 11. Funciones del órgano competente en materia de juventud que determine el Gobierno.
  16. Artículo 12. Consejo Nacional de la Juventud de Cataluña.
  17. Artículo 13. Actuaciones complementarias de los municipios en materia de juventud.
  18. Artículo 14. Asistencia y cooperación de los entes locales supramunicipales a los municipios.
  19. Artículo 15. Funciones del órgano de los entes locales competente en materia de juventud.
  20. Artículo 16. Coordinación administrativa.
  21. Artículo 17. Funciones del órgano de coordinación interdepartamental.
  22. Artículo 18. Colaboración administrativa.
  23. Artículo 19. Cooperación con la Unión Europea.
  24. CAPÍTULO II
  25. Sección primera
  26. Artículo 20. Definición, naturaleza y aplicación.
  27. Artículo 21. Objetivos.
  28. Artículo 22. Estructura y contenido.
  29. Artículo 23. Consejo Rector.
  30. Artículo 24. Elaboración y tramitación.
  31. Artículo 25. Vigencia, modificación, revisión y evaluación.
  32. Artículo 26. Desarrollo.
  33. Artículo 27. Mapa general de instrumentos de ejecución.
  34. Sección segunda
  35. Artículo 28. Vinculación de la actividad de la Administración de la Generalidad con el Plan nacional de juventud de Cataluña.
  36. Artículo 29. Estadísticas y estudios de la Administración de la Generalidad.
  37. Artículo 30. Funciones de asistencia.
  38. CAPÍTULO III
  39. Artículo 31. Ejecución de las políticas de juventud.
  40. Artículo 32. Profesionales de las políticas de juventud.
  41. Artículo 33. Instrumentos de ejecución. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
  42. Artículo 34. Censo de equipamientos y servicios juveniles. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
  43. Artículo 35. Apoyo público a los servicios y equipamientos juveniles inscritos en el censo de equipamientos y servicios juveniles. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
  44. Artículo 36. Red nacional de emancipación juvenil.
  45. Artículo 37. Funciones de la Red nacional de emancipación juvenil.
  46. CAPÍTULO IV
  47. Sección primera
  48. Artículo 38. Definición y estructuras.
  49. Artículo 39. Entidades juveniles.
  50. Artículo 40. Grupos de jóvenes.
  51. Artículo 41. Censo de entidades juveniles. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
  52. Sección segunda
  53. Artículo 42. Formas de participación juvenil.
  54. Artículo 43. Procesos de participación y consulta.
  55. Sección tercera
  56. Artículo 44. Fomento de la participación juvenil.
  57. Artículo 45. Fomento del asociacionismo juvenil.
  58. CAPÍTULO V
  59. Artículo 46. Fuentes de financiación.
  60. Artículo 47. Financiación de la Red nacional de emancipación juvenil.
  61. Artículo 48. Financiación del Plan nacional de juventud de Cataluña.
  62. Artículo 49. Financiación del Proyecto Gobierno.
  63. Artículo 50. Financiación del Proyecto territorio.
  64. Artículo 51. Financiación del Proyecto joven.
  65. Disposición adicional primera. Régimen especial de Arán.
  66. Disposición adicional segunda. Régimen especial de Barcelona.
  67. Disposición adicional tercera. Comparecencias con relación al cumplimiento del Plan nacional de juventud de Cataluña.
  68. Disposición transitoria primera. Oficina de Servicios de Juventud de Arán.
  69. Disposición transitoria segunda. Futuros planes nacionales de juventud de Cataluña.
  70. Disposición transitoria tercera. Atribución de funciones de asesoramiento al Observatorio Catalán de la Juventud.
  71. Disposición transitoria cuarta. Reglamento del Consejo Rector del Plan nacional de juventud de Cataluña.
  72. Disposición transitoria quinta. Orden del Censo de entidades juveniles de la Dirección General de Juventud. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
  73. Disposición transitoria sexta. Reglamento del Censo de equipamientos y servicios juveniles. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
  74. Disposición transitoria séptima. Reglamento de la Red nacional de emancipación juvenil. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
  75. Disposición modificativa. Modificación de la Ley 38/1991.
  76. Disposición derogatoria. Derogación del Decreto 116/1983.
  77. Disposición final. Entrada en vigor.
  78. Firma