Legislación › Ley 33/2010, de 1 de octubre, de políticas de juventud.
Disposición adicional primera. Régimen especial de Arán.
Disposición adicional primera. Régimen especial de Arán.
De acuerdo con el reconocimiento especial de Arán por parte del Estatuto de autonomía y la Ley sobre el régimen especial de Arán, las disposiciones contenidas en la presente ley y las normas reglamentarias que la desarrollen son de aplicación en Arán, sin perjuicio de la transferencia de competencias y servicios de la Generalidad al Conselh Generau en materia de juventud establecida por el Decreto 292/1997, de 11 de noviembre, de transferencia de competencias y servicios de la Generalidad al Consejo General de Arán en materia de juventud.


