Legislación › Ley 33/2010, de 1 de octubre, de políticas de juventud.
Disposición transitoria séptima. Reglamento de la Red nacional de emancipación juvenil.
Disposición transitoria séptima. Reglamento de la Red nacional de emancipación juvenil.
En el plazo de dos años desde la entrada en vigor de la presente ley, el Gobierno debe aprobar el reglamento de la Red nacional de emancipación juvenil.
Se modifica por el art. 128 de la Ley 10/2011, de 29 de diciembre. BOE-A-2012-547.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de diciembre de 2011 En vigor | BOE-A-2012-547 | Leer | Qué cambió |
| 8 de noviembre de 2010 | Texto original | Leer |
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