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Legislación › Decreto Legislativo 3/2010, de 5 de octubre, para la adecuación de normas con rango de ley a la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior.

Artículo 27.

Artículo 27.

Se añade con el número 3 una nueva disposición adicional, con el texto siguiente:

«3. A partir de la entrada en vigor del artículo 8 bis, el Registro de instalaciones destinadas a actividades con niños y jóvenes sustituye el libro registro previsto en el Decreto 276/1994, de 14 de octubre, y en el Decreto 140/2003, de 10 de junio.»

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