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Legislación › Decreto Legislativo 3/2010, de 5 de octubre, para la adecuación de normas con rango de ley a la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior.

Artículo 28.

Artículo 28.

Se modifica la letra d) del apartado 1 y el apartado 4 del artículo 3 que pasan a tener la redacción siguiente:

«d) Disponer de la documentación acreditativa de las intervenciones administrativas municipales correspondientes, si es necesario, que tienen que permanecer en el lugar donde se lleve a cabo la actividad comercial.»

«4. El Gobierno puede condicionar el ejercicio de determinados tipos de venta a la prestación de garantías o fianzas, que tienen que ser proporcionadas a la naturaleza y alcance del riesgo cubierto.»

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