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Legislación › Real Decreto 1366/2010, de 29 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Artículo 10. Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

Artículo 10. Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:

a) La Secretaría de Estado de Cambio Climático, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

1.º La Oficina Española del Cambio Climático, con rango de Dirección General.

2.º La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.

3.º La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal.

4.º La Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar

b) La Secretaría de Estado de Medio Rural y Agua, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

1.º La Secretaría General de Medio Rural, con rango de Subsecretaría, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

Uno. La Dirección General de Recursos Agrícolas y Ganaderos.

Dos. La Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural.

Tres. La Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios.

2.º La Dirección General del Agua.

c) La Subsecretaría de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino de la que dependen los siguientes órganos directivos:

1.º La Secretaría General Técnica.

2.º La Dirección General de Servicios.

d) La Secretaría General del Mar, con rango de Subsecretaría, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

1.º La Dirección General de Ordenación Pesquera.

2.º La Dirección General de Recursos Pesqueros y Acuicultura.

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