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Real Decreto 1366/2010, de 29 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Derogada o sin vigencia Ministerio de Política Territorial y Administración Pública · Publicada el 4 de noviembre de 2010 · Último cambio el 12 de marzo de 2011 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- Artículo 1. Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
- Artículo 2. Ministerio de Justicia.
- Artículo 3. Ministerio de Defensa.
- Artículo 4. Ministerio de Economía y Hacienda. 2 redacciones · cambió el 12/03/2011
- Artículo 5. Ministerio del Interior.
- Artículo 6. Ministerio de Fomento.
- Artículo 7. Ministerio de Educación. 2 redacciones · cambió el 19/02/2011
- Artículo 8. Ministerio de Trabajo e Inmigración.
- Artículo 9. Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
- Artículo 10. Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.
- Artículo 11. Ministerio de la Presidencia.
- Artículo 12. Ministerio de Política Territorial y Administración Pública.
- Artículo 13. Ministerio de Cultura.
- Artículo 14. Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad.
- Artículo 15. Ministerio de Ciencia e Innovación.
- Artículo 16. Gabinetes.
- Disposición adicional primera. Subsistencia de adscripciones y dependencias de organismos públicos.
- Disposición adicional segunda. Delegación de atribuciones.
- Disposición adicional tercera. Referencias a los órganos suprimidos.
- Disposición adicional cuarta. Excepción en los nombramientos de Directores Generales.
- Disposición adicional quinta. Órganos colegiados.
- Disposición adicional sexta. Cambio de adscripción de organismos públicos
- Disposición transitoria primera. Subsistencia de órganos.
- Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de los servicios comunes
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Adscripción de medios personales y materiales y modificaciones presupuestarias.
- Disposición final segunda. Tramitación de los proyectos de reales decretos de adaptación de estructuras orgánicas.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Firma


