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Legislación › Real Decreto 1366/2010, de 29 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Artículo 7. Ministerio de Educación.

Artículo 7. Ministerio de Educación.

El Ministerio de Educación se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:

a) La Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

1.º La Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial.

2.º La Dirección General de Formación Profesional.

b) La Secretaría General de Universidades, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

1.º La Dirección General de Política Universitaria.

2.º La Dirección General de Atención, Participación y Empleabilidad de Estudiantes Universitarios.

c) La Subsecretaría de Educación, de la que depende la Secretaría General Técnica.

Se modifica la letra b).2 por la disposición final 1 del Real Decreto 189/2011, de 18 de febrero. BOE-A-2011-3259.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
19 de febrero de 2011 En vigor BOE-A-2011-3259 Leer Qué cambió
4 de noviembre de 2010 Texto original Leer

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