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Legislación › Real Decreto 1366/2010, de 29 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Artículo 4. Ministerio de Economía y Hacienda.

Artículo 4. Ministerio de Economía y Hacienda.

1. El Ministerio de Economía y Hacienda se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:

A) La Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

a) La Secretaría General de Hacienda, con rango de Subsecretaría, de la que dependen:

1.º La Dirección General de Tributos.

2.º La Dirección General del Catastro.

3.º El Tribunal Económico-Administrativo Central.

4.º La Dirección General de Ordenación del Juego.

b) La Secretaría General de Presupuestos y Gastos, con rango de Subsecretaría, de la que dependen:

1.º La Dirección General de Presupuestos.

2.º La Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas.

3.º La Dirección General de Fondos Comunitarios.

c) La Dirección General de Coordinación Financiera con las Comunidades Autónomas y con las Entidades Locales.

B. La Secretaría de Estado de Economía, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

a) La Secretaría General de Política Económica y Economía Internacional, con rango de Subsecretaría, que asumirá la dirección y coordinación de las competencias ejercidas por las siguientes Direcciones Generales dependientes:

1.ª La Dirección General de Política Económica.

2.ª La Dirección General de Análisis Macroeconómico y Economía Internacional.

b) La Dirección General del Tesoro y Política Financiera.

c) La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

d) La Dirección General de Financiación Internacional.

C. La Subsecretaría de Economía y Hacienda, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

a) La Secretaría General Técnica.

b) La Dirección General de Patrimonio del Estado.

c) La Inspección General del Ministerio de Economía y Hacienda.

2. La Intervención General de la Administración del Estado, con rango de Subsecretaría, se adscribe a la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos.

Se modifica el apartado 1.A) por la disposición final 1 del Real Decreto 352/2011, de 11 de marzo. BOE-A-2011-4556.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
13 de marzo de 2011 En vigor BOE-A-2011-4556 Leer Qué cambió
4 de noviembre de 2010 Texto original Leer

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