Legislación › Real Decreto 1434/2010, de 5 de noviembre, sobre interoperabilidad del sistema ferroviario de la Red Ferroviaria de interés general.
Artículo 4. Aplicación de las ETI en los subsistemas.
Artículo 4. Aplicación de las ETI en los subsistemas.
Los subsistemas serán conformes con las ETI vigentes en el momento de su entrada en servicio, su renovación o su rehabilitación, de conformidad con este Real Decreto y la normativa comunitaria; esta conformidad deberá mantenerse de forma permanente durante el uso de cada subsistema.


