Legislación › Real Decreto 1434/2010, de 5 de noviembre, sobre interoperabilidad del sistema ferroviario de la Red Ferroviaria de interés general.
Disposición transitoria primera. No aplicación obligatoria de las ETI nuevas o revisadas.
Disposición transitoria primera. No aplicación obligatoria de las ETI nuevas o revisadas.
No serán de aplicación obligatoria las ETI nuevas o revisadas, en el caso de proyectos en fase avanzada de desarrollo o que sean objeto de un contrato en curso de ejecución en el momento de la publicación del grupo pertinente de ETI.
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