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Legislación › Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental.

Disposición transitoria octava. Tramitación de expedientes sin permisos de acceso y conexión.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2022 y la del 1 de enero de 2023. Tachado: lo que se quitó (69 palabras). Subrayado: lo que se añadió (35 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición transitoria octava. Tramitación de expedientes sin permisos de acceso y conexión.
1. Los proyectos admitidos a trámite con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia, que no dispongan de permiso de acceso y conexión dispondrán de un plazo de 12 meses desde la entrada en vigor de la Ley 18/2021, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, para obtener un permiso de acceso y conexión. En el caso contrario, se procederá al archivo de la solicitud. solicitud, previa audiencia del interesado.
2. El resto de proyectos admitidos a trámite que hayan perdido o pierdan En todo caso, la vigencia autorización administrativa de instalaciones de generación no podrá ser otorgada si su titular no obtuvo previamente los permisos de acceso y conexión dispondrán de un plazo de 12 meses, a contar desde la entrada en vigor de la Ley 18/2021, de 27 de diciembre, las redes de medidas fiscales y administrativas, transporte o desde la fecha de pérdida de vigencia, si es posterior, para obtener un nuevo permiso de acceso distribución correspondientes y conexión. En el caso contrario, se procederá al archivo de demás que requiera la solicitud. legislación básica de aplicación.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
12 de noviembre de 2024 En vigor BOE-A-2025-237 Leer Qué cambió
1 de enero de 2023 BOE-A-2023-6382 Leer Qué cambió
1 de enero de 2022 BOE-A-2022-3415 Leer

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