LexTotal

Legislación › Orden EDU/2949/2010, de 16 de noviembre, por la que se crea el Foro para la Inclusión Educativa del Alumnado con Discapacidad y se establecen sus competencias, estructura y régimen de funcionamiento.

Artículo 19. Comisión de Universidades.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de noviembre de 2010 y la del 22 de noviembre de 2012. Tachado: lo que se quitó (6 palabras). Subrayado: lo que se añadió (12 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 19. Comisión de Universidades.
La Comisión de Universidades esta compuesta por los siguientes miembros:
a) El Presidente, que será la persona que ostente el cargo de Secretario General de Universidades.
b) El Vicepresidente, que será elegido a propuesta del CERMI.
c) Los Vocales, que serán los siguientes:
1. Cuatro Vocales vocales en representación del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, elegidos entre el personal adscrito a la Secretaria Secretaría General de Universidades, de los cuales, cuales al menos dos, tendrán uno, tendrá rango de Director General, que serán designados por el Secretario titular de la Secretaría General de Universidades.
2. Cuatro Vocales en representación del CERMI o designados a propuesta suya.
3. Dos vocales designados por el Consejo de Universidades, en representación de las universidades.
4. Un Vocal designado por la Conferencia General de Política Universitaria, en representación de las Comunidades Autónomas.
5. Un representante de una universidad que disponga de un Servicio de Atención a la Discapacidad, designado por el Presidente de la Comisión de Universidades.
6. Un Defensor del Universitario, designado a propuesta de la Conferencia Estatal de Defensores Universitarios.
7. Un Vocal designado por el Consejo del Estudiantes Universitario.
d) Un Secretario, con rango de Subdirector General, designado por el Presidente de la Comisión entre el personal adscrito a la Secretaria General de Universidades.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
22 de noviembre de 2012 En vigor BOE-A-2012-14302 Leer Qué cambió
19 de noviembre de 2010 Texto original Leer

← Artículo 18 Índice Artículo 20 →