Legislación › Ley 11/2010, de 11 de octubre, de creación del Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de Castilla y León.
Artículo 5. Relaciones con la Administración de Castilla y León.
Artículo 5. Relaciones con la Administración de Castilla y León.
El Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de Castilla y León se relacionará en los aspectos corporativos e institucionales con la consejería que tenga atribuidas competencias en materia de colegios profesionales y, en lo relativo al contenido de la profesión, con las consejerías competentes por razón de la actividad de los colegiados.


