Legislación › Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la ciencia, la tecnología y la innovación de Extremadura.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
El ámbito de aplicación de esta Ley es el correspondiente al ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de investigación científica y técnica, desarrollo tecnológico e innovación (I+D+i).


