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Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la ciencia, la tecnología y la innovación de Extremadura.
En vigor Comunidad Autónoma de Extremadura · Publicada el 10 de diciembre de 2010 · Último cambio el 29 de noviembre de 2022 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Fines.
- Artículo 5. Principios informadores.
- TÍTULO I
- Artículo 6. La Ciencia, la Tecnología y la Innovación como bien público.
- Artículo 7. Sensibilización, divulgación y participación sobre las actividades del Sistema Extremeño de Ciencia Tecnología e Innovación.
- TÍTULO II
- Artículo 8. El Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- CAPÍTULO I
- Artículo 9. Órganos competentes.
- Artículo 10. Consejería competente.
- Artículo 11. Comisión de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura.
- Artículo 12. Consejo Asesor de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura.
- Artículo 13. Secretaría General de Ciencia y Tecnología.
- Artículo 14. Comité Ético de Investigación de Extremadura.
- CAPÍTULO II
- Artículo 15. Concepto. 2 redacciones · cambió el 10/06/2016
- Artículo 16. Objetivos.
- Artículo 17. Aprobación, vigencia y prórroga del Plan Regional de I+D+i.
- Artículo 18. Contenido básico del Plan Regional de I+D+i. 2 redacciones · cambió el 10/06/2016
- Artículo 19. Financiación y gestión. 2 redacciones · cambió el 10/06/2016
- CAPÍTULO III
- Artículo 20. Concepto y contenido.
- Artículo 21. Objetivos.
- Artículo 22. Financiación y gestión.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 23. Agentes del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Artículo 24. Universidad de Extremadura y otras instituciones académicas y de I+D+i.
- Artículo 25. El Servicio Extremeño de Salud.
- Artículo 26. El Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura.
- Artículo 27. Los Centros públicos y privados de I+D+i.
- Artículo 28. Los parques científico-tecnológicos.
- Artículo 29. Las fundaciones y otras organizaciones de apoyo a la transferencia de conocimientos y de intermediación.
- Artículo 30. Las empresas públicas y las sociedades mercantiles autonómicas gestoras de I+D+i.
- Artículo 31. Las empresas de base tecnológica (EBT) y las empresas incubadas.
- Artículo 32. Las agrupaciones de empresas que constituyan una cadena de valor.
- Artículo 33. Otras agrupaciones o asociaciones empresariales y empresas con actividades de I+D+i.
- Artículo 34. Academias y Sociedades Científicas.
- Artículo 35. Registro de los agentes del SECTI.
- TÍTULO III
- Artículo 36. Concepto y carácter.
- Artículo 37. Promoción profesional del personal de investigación en el ámbito del sector público autonómico.
- Artículo 38. Procesos de selección del personal de investigación en el ámbito del sector público autonómico.
- Artículo 39. Reconocimiento de méritos.
- Artículo 40. Formación del personal de investigación.
- Artículo 41. Apoyo a la movilidad del personal de investigación.
- Artículo 42. Relaciones del personal de investigación con otros sistemas de I+D+i.
- Artículo 43. Igualdad de oportunidades en el Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e innovación de Extremadura.
- Artículo 44. Incorporación de la juventud a la actividad I+D+i.
- Artículo 45. Inserción en el sistema productivo del personal de investigación.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 46. Fomento de la I+D+i.
- Artículo 47. Incentivos a la I+D+i.
- Artículo 48. Infraestructuras científico-tecnológicas.
- Artículo 49. Participación en la enseñanza.
- Artículo 50. Impulso de la I+D+i empresarial.
- Artículo 51. Investigación cooperativa y en redes.
- Artículo 52. Proyección nacional e internacional del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- CAPÍTULO II
- Artículo 53. Iniciativas de desarrollo local e innovación tecnológica.
- Artículo 54. Relación con el Espacio Europeo de Investigación.
- Artículo 55. Cooperación al Desarrollo.
- Artículo 56. Coordinación con otros planes de investigación.
- Artículo 57. Convenios de colaboración.
- CAPÍTULO III
- Artículo 58. Principios que rigen la protección y la transferencia de los resultados de la actividad investigadora. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 59. Protección jurídica de los resultados de la actividad investigadora.
- Artículo 60. Titularidad y carácter patrimonial de los resultados de la actividad investigadora.
- Artículo 61. Deber de colaboración.
- Artículo 62. Comunicación de los resultados.
- Artículo 63. Procedimiento de contratación.
- Artículo 64. Incentivación especial.
- Artículo 65. Explotación comercial de los resultados.
- TÍTULO V
- Artículo 66. Calidad y evaluación del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- TÍTULO VI
- CAPÍTULO I
- Artículo 67. Naturaleza y adscripción.
- Artículo 68. Fines y funciones.
- Artículo 69. Régimen jurídico.
- Artículo 70. Contenido mínimo de los Estatutos.
- Artículo 71. Extinción.
- CAPÍTULO II
- Artículo 72. Estructura.
- Artículo 73. Órganos de gobierno.
- Artículo 74. Órganos ejecutivos.
- Artículo 75. Comisión de control.
- CAPÍTULO III
- Artículo 76. Contrato de gestión.
- Artículo 77. El Plan de acción anual.
- Artículo 78. Convenios de colaboración.
- CAPÍTULO IV
- Sección 1
- Artículo 79. Personal del CICYTEX.
- Subsección 1
- Artículo 80. Estatuto del Personal de investigación funcionario del CICYTEX. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Subsección 2
- Artículo 81. Oferta pública de empleo.
- Artículo 82. Procesos selectivos, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 83. Ordenación de puestos de trabajo.
- Sección 2
- Artículo 84. Recursos económicos.
- Artículo 85. Régimen de contratación. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 86. Régimen patrimonial.
- Sección 3
- Artículo 87. Presupuesto. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 88. Contabilidad.
- Artículo 89. Control.
- Disposición adicional primera. Integración en el Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Disposición adicional segunda. Escalas del Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Disposición adicional tercera. Creación de la Secretaría General de Ciencia y Tecnología y supresión de la Dirección General de Ciencia y Tecnología.
- Disposición adicional cuarta. Financiación.
- Disposición transitoria primera. Asunción efectiva de funciones por el CICYTEX.
- Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio contable, patrimonial, de tesorería y presupuestario.
- Disposición transitoria tercera. Régimen de integración del personal funcionario que pase a prestar sus servicios al CICYTEX.
- Disposición transitoria cuarta. Régimen de integración del personal funcionario interino y laboral que pase a prestar sus servicios al CICYTEX.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Constitución y puesta en funcionamiento del CICYTEX.
- Disposición final segunda. Desarrollo normativo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- [firma]


