Legislación › Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la ciencia, la tecnología y la innovación de Extremadura.
Artículo 75. Comisión de control.
Artículo 75. Comisión de control.
Se constituirá una Comisión de control, en el seno del Consejo Rector, con la finalidad de informar a éste sobre la ejecución del contrato de gestión y, en general, sobre todos aquellos aspectos relativos a la gestión económica-financiera que deba conocer el propio Consejo y que se determinen en los Estatutos.


