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Legislación › Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la ciencia, la tecnología y la innovación de Extremadura.

Artículo 75. Comisión de control.

Artículo 75. Comisión de control.

Se constituirá una Comisión de control, en el seno del Consejo Rector, con la finalidad de informar a éste sobre la ejecución del contrato de gestión y, en general, sobre todos aquellos aspectos relativos a la gestión económica-financiera que deba conocer el propio Consejo y que se determinen en los Estatutos.

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