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Legislación › Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la ciencia, la tecnología y la innovación de Extremadura.

Artículo 25. El Servicio Extremeño de Salud.

Artículo 25. El Servicio Extremeño de Salud.

La Ley 10/2001, de 28 de junio, de Salud de Extremadura recoge la importancia de la investigación en la estructura asistencial del Sistema Sanitario Público, disponiendo los medios estructurales necesarios para favorecer y fomentar estas actividades, por lo que el Servicio Extremeño de Salud como organismo autónomo de carácter administrativo adscrito a la Consejería competente en materia sanitaria, será considerado un agente del SECTI.

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