Legislación › Ley 11/2010, de 2 de noviembre, de ordenación del transporte marítimo de las Illes Balears.
Artículo 44. Plazo máximo de resolución.
Artículo 44. Plazo máximo de resolución.
El plazo máximo en que debe dictarse y notificarse la resolución del procedimiento sancionador es de un año desde la fecha de incoación. Transcurrido ese plazo sin que haya recaído resolución expresa, se acordará la caducidad del expediente.


