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Legislación › Ley 11/2010, de 2 de noviembre, de ordenación del transporte marítimo de las Illes Balears.

Artículo 44. Plazo máximo de resolución.

Artículo 44. Plazo máximo de resolución.

El plazo máximo en que debe dictarse y notificarse la resolución del procedimiento sancionador es de un año desde la fecha de incoación. Transcurrido ese plazo sin que haya recaído resolución expresa, se acordará la caducidad del expediente.

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