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Legislación › Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos.

Artículo 3. Prohibiciones.

Artículo 3. Prohibiciones.

Quedan prohibidos los espectáculos y actividades recreativas siguientes:

1. Los que sean constitutivos de delito.

2. Los que inciten o fomenten la violencia, el racismo, la xenofobia y cualquier otra forma de discriminación o que atenten contra la dignidad humana.

3. Los que impliquen crueldad o maltrato para los animales, puedan ocasionarles sufrimiento o hacerles objeto de tratamientos antinaturales.

4. Los festejos taurinos tradicionales de la Comunitat Valenciana que no se realicen de conformidad con su normativa específica.

Se modifica por el art. 26 de la Ley 13/2016, de 29 de diciembre. BOE-A-2017-1291.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2017 En vigor BOE-A-2017-1291 Leer Qué cambió
11 de diciembre de 2010 Texto original Leer

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