Legislación › Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino.
Disposición adicional primera. Recursos genéticos marinos.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de diciembre de 2010 y la del 7 de octubre de 2015.
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Disposición adicional primera. Recursos genéticos marinos.
Los recursos genéticos marinos se regularán por la legislación de pesca en materia de recursos marinos vivos. (Derogada).
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 7 de octubre de 2015 En vigor | BOE-A-2015-10142 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 2010 | Texto original | Leer |


