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Legislación › Real Decreto 64/2010, de 29 de enero, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Espeleología y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.

Artículo 18. Espacios y equipamientos deportivos.

Artículo 18. Espacios y equipamientos deportivos.

Los espacios y equipamientos mínimos necesarios para el desarrollo de las enseñanzas de los ciclos de grado medio en espeleología son los establecidos en el Anexo VIIA y VIIB y que deberán cumplir con la normativa vigente establecida para cada caso.

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