Legislación › Real Decreto 64/2010, de 29 de enero, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Espeleología y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.
Artículo 10. Competencia general del ciclo final de grado medio en espeleología.
Artículo 10. Competencia general del ciclo final de grado medio en espeleología.
La competencia general del ciclo final de grado medio en espeleología consiste en adaptar, dirigir y dinamizar el entrenamiento básico y el perfeccionamiento técnico en la etapa de tecnificación deportiva en espeleología; organizar, acompañar y tutelar a los deportistas durante su participación en actividades, competiciones y eventos propias de este nivel; gestionar los recursos materiales necesarios y coordinar las actividades de los técnicos a su cargo; organizar actividades, competiciones y eventos del nivel de iniciación deportiva; diseñar itinerarios espeleológicos y guiar a deportistas por el medio natural en cavidades de dificultad hasta clase cinco con curso hídrico activo según se describe en el Anexo I; todo ello conforme a las directrices establecidas en la programación de referencia, respetando el medio natural, en condiciones de seguridad y con el nivel optimo de calidad que permita la satisfacción de los deportistas participantes en la actividad.


