Legislación › Real Decreto 64/2010, de 29 de enero, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Espeleología y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.
Artículo 24. Requisitos de acceso de personas que acrediten discapacidades.
Artículo 24. Requisitos de acceso de personas que acrediten discapacidades.
Las personas con discapacidad podrán acceder a las enseñanzas de estos ciclos conforme la disposición adicional tercera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial, siendo obligación de las administraciones competentes llevar a cabo los ajustes razonables para que este acceso no comporte restricciones injustificadas contrarias al principio de igualdad de oportunidades.


