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Legislación › Real Decreto 64/2010, de 29 de enero, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Espeleología y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.

ANEXO IV.l

ANEXO IV.l

Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica

Código: MED-EPEP207

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación

1. Identifica la estructura organizativa y el funcionamiento del centro deportivo de prácticas en espeleología relacionándola a su oferta de actividades de especialización, tecnificación deportiva, perfeccionamiento técnico, guiado por itinerarios de espeleología y las actividades de gestión del mismo, aplicando los procedimientos y protocolos de seguridad en la práctica.

a. Se ha identificado las relaciones del centro deportivo de prácticas con la federación española de espeleología.

b. Se ha identificado la estructura organizativa y el funcionamiento de las distintas áreas del centro deportivo de prácticas.

c. Se han identificado las relaciones jerárquicas dentro del centro deportivo de prácticas.

d. Se ha identificado la oferta de actividades vinculadas a la tecnificación deportiva, el perfeccionamiento técnico y al guiado de usuarios por itinerarios de espeleología.

e. Se han identificado las vías de financiación económica utilizadas por el centro deportivo de prácticas.

f. Se ha distinguido la oferta de actividades orientada a la especialización, tecnificación deportiva o perfeccionamiento técnico de espeleología en las mujeres.

g. Se ha mantenido una actitud clara de respeto al medio ambiente en las actividades desarrolladas y aplicado las normas internas y externas vinculadas a la misma.

2. Actúa con autonomía, iniciativa y responsabilidad en el puesto de trabajo, demostrando comportamiento ético, habilidades personales de comunicación, trabajo en equipo, respeto por el medio ambiente y aplicando los procedimientos establecidos por la empresa.

a. Se han identificado los requerimientos actitudinales del puesto de trabajo.

b. Se han interpretado y cumplido las instrucciones recibidas y responsabilizado del trabajo asignado.

c. Se ha demostrado compromiso con el trabajo bien hecho y la calidad del servicio, así como respeto a los procedimientos y principios propios del club o entidad deportiva.

d. Se ha demostrado capacidad de trabajo en equipo y respeto a la jerarquía establecida en el club o entidad deportiva.

e. Se han establecido una comunicación y relación eficaz con el técnico responsable de la actividad y las personas que integran el equipo, manteniendo un trato fluido y correcto.

f. Se ha coordinado con el resto del equipo, informando de cualquier cambio, necesidad relevante o imprevisto que se presente en la actividad.

3. Controla la seguridad en la práctica de tecnificación deportiva, supervisando las instalaciones y medios utilizados, interpretando la normativa y aplicando los procedimientos y protocolos de acuerdo con la normativa e instrucciones establecidas.

a. Se ha identificado los aspectos básicos de seguridad, planes de emergencia y evacuación de las cavidades subterráneas e instalaciones deportivas del centro de prácticas y su adecuación a su normativa de aplicación.

b. Se han identificado las normas de aplicación a la seguridad de las instalaciones deportivas del centro de prácticas de espeleología.

c. Se ha actuado atendiendo a la seguridad personal, del equipo de trabajo y de los usuarios, cumpliendo con la normativa vigente y con los protocolos establecidos en el club o entidad deportiva de prácticas.

d. Se han aplicado los aspectos fundamentales de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, relacionados con las actividades, competiciones y eventos de tecnificación deportiva e itinerarios en espeleología.

e. Se han identificado y aplicado las medidas de protección medioambiental de las cavidades subterráneas y su adecuación a la normativa vigente.

f. Se ha identificado las especificaciones técnicas de los materiales de equipamiento e instalación y su adecuación a la utilización.

4. Organiza, acompaña y dirige a los deportistas en su participación en actividades, competiciones y otros eventos de tecnificación deportiva, transmitiendo actitudes y valores, personales y sociales, propios de la ética deportiva: respeto a los demás, al entorno y al propio cuerpo, juego limpio y trabajo en equipo.

a. Se ha realizado la inscripción del espeleólogo o grupo de espeleólogos en una actividad o competición de tecnificación deportiva en espeleología, de acuerdo con los protocolos y normas establecidas.

b. Se han realizado las operaciones para la gestión del seguro de accidente y actividad de un grupo de espeleólogos que participan en una actividad o competición, de acuerdo con las instrucciones y normas recibidas.

c. Se ha reconocido y justificado la responsabilidad de un técnico en los desplazamientos de los espeleólogos para asistir a una actividad o competición.

d. Se ha elaborado el plan de viaje de un espeleólogo o grupo de espeleólogos para su participación en una actividad o competición de tecnificación deportiva, aplicando las instrucciones y procedimientos establecidos.

e. Se ha comprobado la cobertura legal del seguro, durante su participación en la actividad o competición, de acuerdo con la normativa establecida.

f. Se ha informado al espeleólogo de las características de la actividad o competición, interpretando la documentación sobre la misma.

g. Se han aplicado procedimientos de reclamación en una actividad o competición de tecnificación deportiva en espeleología, aplicando los protocolos y normas establecidos.

h. Se han aplicado criterios de valoración de la ejecución técnico-táctica del espeleólogo, utilizando técnicas y procedimientos de observación adecuadas al nivel de tecnificación deportiva.

i. Se han trasladado al espeleólogo las instrucciones técnicas y tácticas para la competición de tecnificación deportiva, teniendo en cuenta las características de la competición y del deportista.

j. Se ha acompañado a los deportistas en las actividades y competiciones, aplicando los procedimientos y siguiendo las instrucciones y normas establecidas.

k. Se ha velado por el respeto a los valores del juego limpio, el respeto a la salud personal y a las demás personas, durante la participación en las actividades y competiciones de tecnificación deportiva en espeleología, aplicando los procedimientos adecuados y respetando las normas de la misma.

5. Adapta y concreta los programas y dirige las sesiones de entrenamiento básico y perfeccionamiento técnico, interpretando la información recibida, aplicando las técnicas y procedimientos de acuerdo con las instrucciones y normas establecidas.

a. Se han identificado y seleccionado los medios y recursos necesarios para el desarrollo de la actividad.

b. Se ha recibido al deportista siguiendo el protocolo establecido e identificando sus demandas y necesidades.

c. Se han aplicado técnicas y protocolos de valoración técnica y de la condición motriz propios del deportista del nivel de tecnificación deportiva, valorando su estado inicial, el grado de consecución de los objetivos propuestos y los errores cometidos.

d. Se ha identificado y seleccionado los objetivos técnicos y preparación de la condición motriz del espeleólogo a partir de la programación de referencia del centro deportivo.

e. Se han aplicado protocolos de control y cuantificación de la carga de entrenamiento de un espeleólogo o grupo de espeleólogos en las sesiones de entrenamiento básico y perfeccionamiento técnico.

f. Se han establecido las condiciones de seguridad necesarias, en la tecnificación deportiva, interpretando las instrucciones o normas y aplicando los procedimientos establecidos.

g. Se ha elaborado un ciclo/etapa de preparación completa de un espeleólogo o grupo de espeleólogos a partir de la programación de referencia del centro deportivo, concretando:

● Objetivos de preparación y/o competición.

● Medios de entrenamiento.

● Instrumentos de control.

● Carga de trabajo y su dinámica durante el ciclo.

● Métodos de entrenamiento.

● Sesiones de entrenamiento.

● Y adecuándose a las características del espeleólogo o grupo de espeleólogos y los medios de entrenamiento existentes.

h. Se han explicado los contenidos de la sesión de entrenamiento básico y perfeccionamiento técnico siguiendo los protocolos y técnicas establecidas de forma clara y motivadora.

i. Se ha dirigido la sesión de entrenamiento básico y perfeccionamiento técnico, solucionando las contingencias existentes, aplicando técnicas de dinámica de grupos y de motivación adecuadas al espeleólogo y al grupo de espeleólogos.

6. Organiza sesiones de iniciación deportiva para personas con discapacidad, aplicando recursos que fomenten su participación en función de sus limitaciones.

a. Se ha valorado la importancia de atender a las características únicas de la persona con discapacidad previamente a la realización de la práctica de la espeleología.

b. Se ha orientado a las personas con discapacidad hacia las prácticas espeleológica más adecuadas en cada caso.

c. Se han determinado las ayudas técnicas y las medidas de seguridad específicas según los diferentes tipos de discapacidad y las características de la práctica deportiva de espeleología.

d. Se han establecido las principales orientaciones metodológicas en relación a la comunicación y la participación en la tarea de las personas con discapacidad.

e. Se han aplicado procedimientos de adaptación / modificación de las tareas y juegos para favorecer la participación, el disfrute y las posibilidades de éxito de personas con discapacidad en la práctica de la espeleología.

f. Se han identificado las principales limitaciones hacia la práctica provocadas por la falta de accesibilidad en las instalaciones y espacios deportivos en el Centro de Prácticas.

g. Se han examinado las limitaciones originadas por la falta de acceso a la información de la oferta deportiva de espeleología y la difusión de la práctica en el Centro de Prácticas.

h. Se ha propiciado una actitud positiva hacia la inclusión por parte de compañeros, técnicos, las propias familias y las instituciones hacia la práctica deportiva de espeleología de personas con discapacidad.

7. Coordina el proceso de iniciación deportiva en espeleología, elaborando las programaciones de referencia, analizando la estructura de la escuela de iniciación deportiva, y aplicando los procedimientos y técnicas adecuadas.

a. Se ha identificado la estructura y funciones de la escuela de iniciación deportiva en espeleología en el Centro de prácticas.

b. Se han realizado funciones y aplicado protocolos de coordinación de los técnicos de iniciación deportiva en espeleología en el Centro de prácticas.

c. Se han identificado las necesidades materiales y humanas de la escuela de iniciación deportiva en espeleología del Centro de prácticas.

d. Se han identificado los estándares técnicos del programa de iniciación deportiva en espeleología del Centro de prácticas.

e. Se ha elaborado un programa de iniciación deportiva en espeleología de acuerdo con las características del grupo, del entorno, y la programación del Centro de prácticas.

8. Dirige y diseña recorridos y actividades de guiado de personas en itinerarios de espeleología con curso hídrico activo, identificando las condiciones y medios necesarios, aplicando los procedimientos y técnicas específicas, y respetando los protocolos de seguridad y la normativa medioambiental.

a. Se han identificado las características de los itinerarios de espeleología, que utiliza el Centro de prácticas, reconociendo entre otras:

● El nivel de dificultad.

● El nivel de los usuarios.

● Los medios necesarios.

● Los itinerarios alternativos.

● Posibles zonas de reunión.

b. Se ha determinado la dificultad y peligrosidad de un itinerario y las técnicas necesarias para superarlo.

c. Se han identificado las características medio ambientales y la normativa de protección del mismo que deben cumplir los itinerarios de espeleología utilizados por el Centro de prácticas.

d. Se han analizado y elaborado itinerarios de conducción y sus actividades complementarias en función de las características de la zona y de los objetivos del Centro de prácticas.

e. Se han aplicado protocolos y técnicas de revisión de los itinerarios de espeleología utilizados por el Centro de prácticas.

f. Se ha guiado a un grupo de espeleólogos por un itinerario de espeleológico aplicando las técnicas específicas y respetando las normas y procedimientos de seguridad establecidos por el Centro de prácticas.

g. Se han dirigido las actividades de animación de un itinerario de espeleología, aplicando las técnicas específicas y de acuerdo con los protocolos establecidos por el Centro de prácticas.

9. Colabora en la organización de actividades y competiciones de tecnificación deportiva, interpretando instrucciones y normas relacionadas, identificando y preparando los medios necesarios y aplicando los procedimientos establecidos.

a. Se ha identificado el calendario de actividades, eventos y competiciones de iniciación o tecnificación deportivo en espeleología del Centro de prácticas.

b. Se ha seleccionado la información necesaria para la organización de un evento o competición de iniciación o tecnificación deportivo en espeleología del Centro de prácticas.

c. Se han realizado operaciones de gestión y organización de los espacios, materiales y recursos humanos de un evento o competición de iniciación o tecnificación deportivo en espeleología del Centro de prácticas.

d. Se han aplicado técnicas de recogida de información sobre los aspectos organizativos y logísticos de un evento o competición de iniciación o tecnificación deportivo en espeleología del Centro de prácticas.

e. Se han realizado operaciones de distribución, ubicación, alojamiento y circulación de los participantes y públicos asistente en un evento o competición de iniciación o tecnificación deportivo en espeleología del Centro de prácticas.

f. Se han realizado operación de apoyo administrativo a la organización de un evento o competición de iniciación o tecnificación deportivo en espeleología del Centro de prácticas.

g. Se han elaborado los documentos informativos de un evento o competición de iniciación o tecnificación deportivo en espeleología del Centro de prácticas.

Se numera como Anexo IV.l por el art. 1.7.m) del Real Decreto 534/2026, de 30 de junio. BOE-A-2026-14332

Anteriormente estaba integrado en el Anexo IV.

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