LexTotal

Legislación › Ley 6/2009, de 29 de diciembre, de Evaluación de la Función Docente y sus Incentivos.

Artículo 3. Incentivo para el reconocimiento de la función pública docente.

Artículo 3. Incentivo para el reconocimiento de la función pública docente.

La superación de los requisitos establecidos en los planes de evaluación por aquellos funcionarios que voluntariamente se sometan a la misma comportará el derecho a devengar el incentivo para el reconocimiento de la función docente, en los términos y cuantías que determine el Consejo de Gobierno al aprobar los planes de evaluación de la función docente a que se refiere el artículo 1 de la presente Ley.

← Artículo 2 Índice Disposición transitoria primera →