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Legislación › Ley 2/2010, de 18 de febrero, de pesca y acción marítimas.

Artículo 153. Sanciones en materia de ordenación del sector pesquero y de comercialización de los productos de la pesca.

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Artículo 153. Sanciones en materia de ordenación del sector pesquero y de comercialización de los productos de la pesca.
1. Las infracciones en materia de ordenación del sector pesquero y comercialización de los productos de la pesca son objeto de las siguientes sanciones:
a) Infracciones leves: la advertencia o multa de 60 a 300 euros.
b) Infracciones graves: multa de 301 a 60.000 euros.
c) Infracciones muy graves: multa de 60.001 a 300.000 euros.
2. Las infracciones tipificadas como leves, graves o muy graves por los artículos 140, 141 y 142 suponen como sanción principal la imposición de las multas establecidas por el apartado 1.
3. Las infracciones tipificadas como graves o muy graves por la presente ley pueden suponer, en función de las circunstancias concurrentes, la imposición de alguna de las siguientes sanciones accesorias:
a) La confiscación de las artes, los aparejos y los instrumentos de pesca prohibidos.
b) El decomiso de los productos o los bienes obtenidos ilegalmente.
c) La suspensión, retirada o no renovación de la licencia, el permiso o la autorización durante un período de hasta tres años en el caso de las infracciones graves, entre dos meses y de cinco años en el de las muy graves. un año.
d) La inmovilización temporal de la embarcación hasta el cumplimiento de la sanción principal.
e) La inhabilitación para el ejercicio de las actividades pesqueras o marisqueras durante un período de hasta tres años en el caso de las infracciones graves, entre dos meses y de cinco años en el de las muy graves. un año.
f) La imposibilidad de obtener, durante un plazo de hasta cinco años, préstamos, subvenciones o ayudas públicas cuyo objeto sean actuaciones incluidas dentro del ámbito de aplicación de la presente ley.
g) Entre 3 y 7 puntos.
h) Retirada permanente de la licencia de pesca o marisqueo.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de enero de 2014 En vigor BOE-A-2014-2999 Leer Qué cambió
24 de marzo de 2010 Texto original Leer

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