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Legislación › Real Decreto 194/2010, de 26 de febrero, por el que se aprueban las Normas sobre seguridad en las Fuerzas Armadas.

Artículo 31. Apoyos entre policías.

Artículo 31. Apoyos entre policías.

Las unidades de la policía militar, naval o aérea podrán actuar en apoyo mutuo, y con las fuerzas y cuerpos de seguridad, a petición de éstas, en aquellas funciones que le son propias y dentro de los límites de sus competencias y procedimientos legalmente establecidos en los términos previstos en la disposición adicional primera del real decreto por el que se aprueban las presentes normas.

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