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Legislación › Instrumento de Ratificación de la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes, hecho en Badajoz el 11 de octubre de 2005.

Artículo 17. Libertad de pensamiento, conciencia y religión.

Artículo 17. Libertad de pensamiento, conciencia y religión.

1. Los jóvenes tienen derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión, prohibiéndose cualquier forma de persecución o represión del pensamiento.

2. Los Estados Parte se comprometen a promover todas las medidas necesarias para garantizar el ejercicio de-este derecho.

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