Legislación › Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual.
Artículo 35. Televisión en Alta Definición.
Artículo 35. Televisión en Alta Definición.
1. Los prestadores del servicio de comunicación audiovisual podrán emitir televisión en resolución de Alta definición. Dicha emisión se podrá compatibilizar con los programas de resolución estándar dentro del límite de capacidad asignada.
2. La emisión y recepción deberá atenerse en todo caso a los estándares establecidos para el territorio de la Unión Europea.


