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Legislación › Ley 8/2010, de 31 de marzo, por la que se establece el régimen sancionador previsto en los Reglamentos (CE) relativos al registro, a la evaluación, a la autorización y a la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH) y sobre la clasificación, el etiquetado y el envasado de sustancias y mezclas (CLP), que lo modifica.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta ley y, en especial:

a) Los párrafos a) y c) del apartado 3 y los párrafos a), b) y c) del apartado 4 del artículo 28 del Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, aprobado por el Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo.

b) El párrafo b) del apartado 2 y el párrafo b) del apartado 3 del artículo 22 del Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos, aprobado por el Real Decreto 255/2003, de 28 de febrero.

c) Los párrafos b) y d) del apartado 3 y los párrafos d) y e) del apartado 4 del artículo 28 del Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, aprobado por el Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, quedan derogados a partir del 1 de diciembre de 2010.

d) Los párrafos a), c) y d) del apartado 2 y los párrafos a), c) y d) del apartado 3 del artículo 22 del Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos, aprobado por el Real Decreto 255/2003, de 28 de febrero, quedan derogados a partir del 1 de junio de 2015.

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