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Legislación › Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de La Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.

Artículo 6. Hacienda de la Junta de Andalucía.

Artículo 6. Hacienda de la Junta de Andalucía.

A los efectos de esta Ley, la Hacienda de la Junta de Andalucía está constituida por el conjunto de derechos y de obligaciones de contenido económico, cuya titularidad corresponde a la Administración de la Junta de Andalucía, a sus agencias administrativas, de régimen especial, y públicas empresariales referidas en el artículo 2.c) de esta Ley, e instituciones.

Se modifica por la disposición final 1.2 de la Ley 6/2019, de 19 de diciembre. BOE-A-2020-1068

Esta modificación, en lo que se refiere a las agencias públicas empresariales contempladas en el artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, entrará en vigor el 1 de enero de 2021, según establece la disposición final 15.a) de la Ley 6/2019.

Se modifica por la disposición final 1.1 de la Ley 10/2016, de 27 de diciembre. BOE-A-2017-658.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2020 En vigor BOE-A-2020-1068 Leer Qué cambió
1 de enero de 2017 BOE-A-2017-658 Leer Qué cambió
19 de marzo de 2010 Texto original Leer

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