Legislación › Ley 20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades.
Disposición transitoria tercera. Régimen jurídico transitorio de las entidades colaboradoras de la Administración ambiental.
Disposición transitoria tercera. Régimen jurídico transitorio de las entidades colaboradoras de la Administración ambiental.
Mientras no se apruebe la regulación general de las entidades colaboradoras de la Administración establecida por la presente ley, es de aplicación el Decreto 170/1999, de 29 de junio, por el que se aprueba el Reglamento provisional regulador de los entes ambientales de control.
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