Legislación › Real Decreto 336/2010, de 19 de marzo, por el que se establecen las especialidades de los Cuerpos de Catedráticos y de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas a los que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
ANEXO
ANEXO
Especialidades docentes de los Cuerpos de Catedráticos y de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas
Alemán.
Árabe.
Chino.
Coreano.
Danés.
Español.
Finés.
Francés.
Griego.
Inglés.
Irlandés.
Italiano.
Japonés.
Neerlandés.
Polaco.
Portugués.
Rumano.
Ruso.
Sueco.
Lenguas cooficiales de las Comunidades Autónomas(1).
(1) Cada una de las lenguas que sea oficial en la respectiva Comunidad Autónoma.
Se modifica por el art. único.2 del Real Decreto 287/2014, de 25 de abril. BOE-A-2014-5211.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 214, de 3 de septiembre de 2010. BOE-A-2010-13665
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 17 de mayo de 2014 En vigor | BOE-A-2014-5211 | Leer | Qué cambió |
| 10 de abril de 2010 | Texto original | Leer |


