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Real Decreto-ley 6/2010, de 9 de abril, de medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo.
En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 13 de abril de 2010 · Último cambio el 28 de abril de 2015 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Nueva deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por obras de mejora en la vivienda habitual.
- Artículo 2. Ampliación del concepto de rehabilitación estructural en el Impuesto sobre el Valor Añadido y reducción del tipo de gravamen aplicable a la renovación y reparación de viviendas particulares.
- Artículo 3. Ampliación del concepto de rehabilitación estructural en el Impuesto General Indirecto Canario.
- CAPÍTULO II
- Artículo 4. Continuidad de los contratos públicos en determinadas situaciones concursales.
- Artículo 5. Continuidad en la aplicación del régimen de subvenciones en determinadas situaciones concursales.
- Artículo 6. Ampliación de la libertad de amortización con mantenimiento de empleo a los años 2011 y 2012.
- Artículo 7. Simplificación de los requisitos para recuperar el Impuesto sobre el Valor Añadido en el caso de créditos incobrables.
- Artículo 8. Simplificación de los requisitos para recuperar el Impuesto General Indirecto Canario en el caso de créditos incobrables.
- Artículo 9. Habilitación a CESCE para que pueda instrumentar coberturas a la exportación en forma de garantías.
- Artículo 10. Renovación de la prórroga sobre excepciones a la aplicación de los nuevos criterios de valoración de suelo.
- Artículo 11. Medidas extraordinarias para la dinamización del sector turístico.
- CAPÍTULO III
- Artículo 12. Programa del Instituto de Crédito Oficial de financiación directa a PYMES y autónomos.
- Artículo 13. Habilitación para la reinversión en activo circulante de la liquidez captada mediante el Fondo de Titulización de la Pequeña y Mediana Empresa.
- Artículo 14. Simplificación de las obligaciones de documentación de las operaciones vinculadas a cumplir por las entidades de reducida dimensión.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 15. Inembargabilidad de ingresos mínimos familiares. 2 redacciones · cambió el 07/07/2011
- Artículo 16. Aplicación del tipo superreducido del Impuesto sobre el Valor Añadido a los servicios de dependencia que se presten mediante plazas concertadas o mediante precios derivados de concursos administrativos.
- Artículo 17. Exención en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de las cantidades satisfechas por las empresas para el transporte colectivo de sus trabajadores.
- Artículo 18. Requisitos para determinadas emisiones dirigidas al público en general.
- CAPÍTULO V
- Artículo 19. Empresas de servicios energéticos.
- Artículo 20. Especialidades en la contratación de empresas de servicios energéticos en el sector público.
- Artículo 21. Cobertura financiera de eventuales desfases temporales por desajustes en las liquidaciones de las actividades reguladas en el sector eléctrico.
- Artículo 22. Mecanismo transitorio de financiación del déficit en las actividades reguladas en el sector eléctrico hasta la titulización
- Artículo 23. Habilitación legal del gestor de cargas.
- Artículo 24. Servicios de recarga energética. 2 redacciones · cambió el 27/12/2013
- CAPÍTULO VI
- Artículo 25. Régimen jurídico de los sistemas institucionales de protección a efectos de su consideración como grupos consolidables de entidades de crédito.
- Artículo 26. Reducción de plazos y otros trámites en caso de actuación del fondo de reestructuración ordenada bancaria.
- Artículo 27. Consideración de los fondos de titulización como titulares registrales. 2 redacciones · cambió el 28/04/2015
- Disposición adicional única. Adaptación de las obligaciones de documentación de las operaciones vinculadas a la jurisprudencia comunitaria y al derecho comparado.
- Disposición transitoria primera. Modificación de la base imponible del Impuesto sobre el Valor Añadido y del Impuesto General Indirecto Canario por empresarios o profesionales cuyo volumen de operaciones no haya excedido de 6.010.121,04 euros durante el año natural inmediato anterior en supuesto de impago por el destinatario.
- Disposición transitoria segunda. Reducción en el IVA de los módulos aplicables a las actividades de renovación y reparación de viviendas particulares.
- Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio derivado de la nueva redacción dada a los artículos 20.uno.22.º de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, y 10º.1.22) de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Facultades de desarrollo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Firma


