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Legislación › Real Decreto-ley 6/2010, de 9 de abril, de medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo.

Artículo 27. Consideración de los fondos de titulización como titulares registrales.

Artículo 27. Consideración de los fondos de titulización como titulares registrales.

(Derogado)

Se deroga por la disposición derogatoria.f) de la Ley 5/2015, de 27 de abril. BOE-A-2015-4607.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de abril de 2015 En vigor BOE-A-2015-4607 Leer Qué cambió
14 de abril de 2010 Texto original Leer

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