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Legislación › Ley 3/2010, de 18 de febrero, de prevención y seguridad en materia de incendios en establecimientos, actividades, infraestructuras y edificios.

Artículo 50. Vigencia de la autorización.

Artículo 50. Vigencia de la autorización.

El plazo de vigencia de la autorización y los términos y condiciones de las posibles prórrogas deben establecerse por reglamento.

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